Publicado en el BOE del Martes 3 de Febrero de 2015 las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad.
Resolución de 23 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
El objeto de esta resolución es la convocatoria para el año 2015 de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
Las ayudas se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.772, «Programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera» y su cuantía máxima será de 12.746.000 euros. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Las solicitudes deberán dirigirse al Director General de Transporte Terrestre. Los datos personales facilitados en estas solicitudes, en aplicación del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), quedarán registrados en un fichero titularidad del Ministerio de Fomento con la finalidad de tramitar las solicitudes efectuadas pudiendo ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición en los términos descritos en la LOPD ante el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. La ordenación e instrucción del procedimiento se realizará por la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre y la resolución se dictará por el Secretario General de Transporte por delegación del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. La resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y pondrá fin a la vía administrativa.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Si lo desea puede consultar el documento completo del BOE, si tiene cualquier tipo de duda o consulta puede ponerse en contacto con nosotros.